accesibilidad en la vivienda

Aragón convoca subvenciones para favorecer la accesibilidad en la vivienda

Aragón ha convocado subvenciones por valor de 1,6 millones de euros dirigida a garantizar la accesibilidad en la vivienda, especialmente a las personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia.

Estas subvenciones son financiadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las subvenciones están destinadas a titulares de inmuebles destinados a servir de vivienda habitual, y comprenden tres líneas: entidades públicas locales (hasta 450.000 euros), comunidades de propietarias y propietarios (hasta 801.540 euros) o personas físicas (hasta 400.000 euros).

Acceso  a la vivienda

Las actuaciones subvencionadas se centrarán en facilitar el acceso a la vivienda, garantizando el mantenimiento de las condiciones de independencia y autonomía personal durante el mayor tiempo posible.

En las líneas 1 y 2 la cuantía mínima a solicitar es de 3.000 euros y la máxima de 30.000. En el caso de la línea 3 (personas físicas), la horquilla va de 2.000 a 8.000 euros. Dentro de las actuaciones subvencionables se incluye, por ejemplo, la instalación de ascensores, plataformas salva escaleras, rampas adecuadas, y todas aquellas intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en los diferentes supuestos contemplados. Los requisitos para poder concurrir a estas ayudas están especificados en el BOA: https://bit.ly/3QHHlpW

Obras iniciadas después del 1 de febrero de 2020

Para poder solicitar las subvenciones para la accesibilidad en la vivienda es necesario que las obras se hayan iniciado después del 1 de febrero de 2020 y que se encuentren totalmente concluidas a la finalización de la fecha de presentación de las correspondientes solicitudes. El plazo para presentarlas comienza al día siguiente de la publicación de la orden en el BOA y dura 20 días naturales, aunque si el día número 20 coincide con domingo o festivo, el plazo concluirá al día siguiente hábil.

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