CESADE impugnará la orden que regula la acreditación de los centros de Servicios Sociales y los precios públicos

La Asociación CESADE de Cantabria impugnará la modificación de la Orden EPS 6/2021 que regula los requisitos y acreditación de los centros de servicios sociales y la modificación de la Orden EPS/16/2021 que regula los precios públicos de los mismos. El motivo de la decisión de impugnar es la falta informes y estudios económicos preceptivos y por pivotar las nuevas normas sobre otras que ya se encuentran recurridas judicialmente.

La Consejería de Empleo y Política Social presentó un informe del avance del Sistema de Atención a la Dependencia en Cantabria 2019-2023, que acompañaba a las dos nuevas órdenes que se publicarán el 21 de marzo y que modifican ratios y precios relativos a la atención a la dependencia en centros de personas mayores.

En dicho informe, figura una tabla que indica que el incremento total del precio de la plaza residencial de mayores a fecha 2023, y tras la publicación de estos nuevos precios, es de un 12.48 %, cifra que ni siquiera alcanza el IPC, aunque dicho índice no sea aceptado como referente por esta parte, dado que los costes de mantenimiento de estas plazas están ligados a otros factores como la subida en los gastos de suministros, alimentación, aumento de ratios o de otros requisitos.

“Nuevamente nos encontramos en el escenario habitual en que la Administración de Cantabria actúa con arbitrariedad y no conforme a criterios técnicos ni siguiendo los trámites preceptivos para la tramitación de las normas”, denuncia la presidenta de CESADE, Julia Gurruchaga.

Falta profesionales

No sólo el incremento de la ratio de personal, sino la determinación de la propia ratio, requiere de una planificación previa que, a día de hoy, “es inexistente”. El problema de falta de personal que, en estos momentos, está afectando de manera contundente a los centros residenciales, debe abordarse en términos cuantitativos, cualitativos, salariales y económicos.  Es preciso calcular el número de trabajadores que van a ser necesarios para prestar servicios a personas, determinar las tareas conforme a los procesos de atención, analizar cuáles son los cuidados que deben prestarse para los que se debe exigir una determinada titulación.

Cualquier modificación de la exigencia de ratio de personal requiere de un estudio del impacto económico, el impacto en la competitividad y en la competencia, tal como señala el artículo 51.4 de la Ley de Cantabria 5/2018. Esto implica que debe realizarse un estudio económico que no se limite a un modelo de 100 plazas, sino que tenga en cuenta las repercusiones según diferentes franjas referentes al número de plazas y ubicación de los centros.

Para Gurruchaga, resulta “llamativo” que se convoque a las reuniones y negociaciones a aquella parte del sector que aplaude cada decisión de la administración y no a quienes, como CESADE, “escruta pormenorizadamente los términos técnicos y legales que atañen a las normas por las que se administran los centros”.

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