Asociación Directoras y Gerentes Servicios Sociales

Diez medidas urgentes que no requieren incremento presupuestario para afrontar la crisis social

La Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales insiste en que “se nos acaba el tiempo de parar la crisis social. Más allá de las consecuencias sanitarias y del impacto económico es preciso prevenir los riesgos sociales del coronavirus: mantener la convivencia y proteger a las personas vulnerables. Cuando afloren las peores consecuencias de esta crisis sanitaria se volverán a hacer evidentes sus efectos sobre la pobreza y la exclusión social en enormes sectores de población, a los que atenderemos en un sistema disperso y recortado al que no acaba de llegar ni la financiación suficiente ni los cambios normativos para aplicarla”.   

La Orden SND//295/2020 considera a todo el personal de Servicios Sociales personal esencial. Esta consideración debe extenderse durante todo el tiempo que se mantenga la crisis social. De la misma manera, la Asociación defiende que hay que exigir lo aprobado en los decretos sobre que las entidades locales deben invertir el 20 % del superávit que autorizó el Gobierno de España y que todavía no se ha ejecutado en la inmensa mayoría de los ayuntamientos.  

La Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales propone diez medidas (que no requieren incremento presupuestario) de las Administraciones Públicas pero que son imprescindibles acometer de manera urgente para afrontar la crisis social.   

1.-Acometer reformas necesarias en el Sistema de Atención a la Dependencia que agilicen los trámites y simplifiquen los procedimientos: informes, valoraciones, plan individual de atención y resoluciones. Deben agilizarse y unificarse para dar respuesta inmediata en esta crisis, deben aplicarse medidas de suspensión y flexibilidad del servicio o prestación sin necesidad de resolución de un nuevo procedimiento. 

2.-Simplificar los procedimientos burocráticos del Ingreso Mínimo Vital y establecer mecanismos de coordinación con las comunidades autónomas para agilizar la transferencia de las personas beneficiarias de las rentas mínimas de inserción. Garantizando el derecho a la prestación económica y desde los Servicios Sociales el derecho a la inserción social.  

3.- Es imprescindible la regulación por Decreto-Ley del Gobierno, de las Ayudas de Urgencia Social, individualizadas y no periódicas, de los Servicios Sociales de los ayuntamientos, reconociendo su naturaleza jurídica específica como Ayudas de Urgencia, con las consiguientes garantías para su aplicación inmediata efectiva: disponibilidad de caja, fiscalidad del gasto a posteriori, crédito ampliable… sin más requisitos que la prescripción del profesional de referencia.  Dicha regulación, incluirá, asimismo, la modificación consecuente del Artículo 2.4., de la Ley 38-2003 de Subvenciones, en el que se establecen los supuestos: “No tienen carácter de subvenciones”, al objeto de incluir entre los mismos las “Ayudas Económicas de Urgencia Social, individualizadas y no periódicas”.  

4.-Monitorizar los datos de las residencias para implantar un sistema de alerta temprana y seguimiento, complementándolo con estudios de centros. Implantando protocolos de coordinación entre servicios sociales y sanitarios que garanticen la atención sanitaria de los residentes, especialmente desde la atención primaria. Además de diseñar corredores seguros para poder establecer los drenajes necesarios en las residencias para atender según gravedad en hospitales o en centros residenciales COVID con servicios coordinados de Servicios Sociales y Sanitarios a las personas que lo requieran.  

5.-Reorganizar el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) para ajustar con nuevas intervenciones a las personas beneficiarias y/o a otras nuevas usuarias. Implantando la teleasistencia a las personas mayores que vivan solas.  

6.-Garantizar proyectos e itinerarios seguros de intervención con los menores y adolescentes en situación de riesgo de acuerdo a la Ley de Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente la violencia. 

7.-Implementar planes integrales en zonas desfavorecidas o barrios vulnerables que posibiliten la convivencia positiva y la inserción social de sus poblaciones. 

8.-Promover la complementariedad de las acciones del Tercer Sector, desde la directriz de la administración pública, sobre los derechos de ciudadanía que garantiza el sistema público de Servicios Sociales. 

9.- Establecer un Sistema Estatal de Información de los Servicios Sociales que permita realizar evaluación de la eficacia y la eficiencia del Sistema, tanto en su Atención Primaria como especializada en base a parámetros e indicadores comunes a todas las comunidades autónomas. 

10.-Incorporar a los equipos asesores de expertos de los gobernantes a profesionales especialistas en la gestión de los Servicios Sociales. Poniendo en la agenda pública los Servicios Sociales como cuarto pilar del estado del bienestar.  

“Y estas diez medidas se resumen en dos: establecer la prescripción social del profesional de referencia como único requisito para la ejecutividad y puesta en marcha de las prestaciones reconocidas y dejar hacer a quien sabe hacer. La responsabilidad de los gobernantes es la de acometer con rigor e inteligencia las decisiones. De no hacerlo, no podrán decir que no se advirtió y tampoco que siguieron las indicaciones de los profesionales a los que habitualmente desoyen. Serán responsables, se lo reclamaremos los profesionales, se lo reclamará la sociedad y quedará sobre su conciencia”, afirman desde la Asociación.  

 

 

Compartir en FacebookCompartir en TwitterCompartir en LinkedInCompartir en WhatsApp